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AUDITORÍA

La Auditoría del Tribunal Supremo Electoral es la dependencia responsable de fiscalizar las actividades financieras y contables del Tribunal Supremo Electoral y sus dependencias; velando por la aplicación de la normativa vigente para la administración financiera y la ejecución presupuestaria de la Institución.  En materia electoral, es la encargada de verificar las actividades relacionadas con todo lo relativo a materiales, documentos, equipos e instrumentos de seguridad de los órganos electorales, dentro del proceso electoral, a fin de garantizar la pureza del mismo, observando para ello el cumplimiento con la legislación electoral vigente.

La Auditoría realiza una actividad independiente y objetiva, de aseguramiento y consulta, concebida para agregar valor y mejorar las operaciones del Tribunal Supremo Electoral.  Contribuye con el correcto funcionamiento del sistema de gestión de riesgos implementado por la entidad, que coadyuva a cumplir con los objetivos institucionales, aportando un enfoque sistemático y disciplinado.

Base Legal:

Decreto 1-85 de la Asamblea Nacional Constituyente, “Ley Electoral y de Partidos Políticos” y sus reformas; Así también, actúa en base al artículo 6 del Decreto Número 31-2002, “Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas” y  artículos 45, 46, 47 y 49 de su Reglamento, Acuerdo Gubernativo Número 96-2019; Acuerdo Número A-028-2021 del Contralor General de Cuentas, Sistema Nacional de Control Interno Gubernamental; Acuerdo Número A-070-2021 del Contralor General de Cuentas, que aprueba las “Normas de Auditoría Interna Gubernamental -NAIGUB-“; “Manual de Auditoría Interna Gubernamental -MAIGUB-“ y “Ordenanza de Auditoría Interna Gubernamental”.

Objetivos de la Dependencia:

  • Contribuir con el correcto funcionamiento del sistema de gestión de riesgos implementado por la entidad, que coadyuva a cumplir objetivos institucionales, aportando un enfoque sistemático y disciplinado que provea a las autoridades del Tribunal Supremo Electoral la certeza de que las operaciones financieras, presupuestarias, administrativas y en materia electoral, efectuadas en forma continua, son razonables conforme a la legislación aplicable.
  • Verificar que los procesos administrativos y financieros que realiza el Tribunal Supremo Electoral se ejecuten de conformidad con la legislación aplicable, procurando su eficiencia, eficacia y economía.
  • Verificar que la información financiera y administrativa que se entrega periódicamente a las autoridades de la Institución y a los entes de fiscalización externa, sea confiable y oportuna.
  •  Asegurar que la institución cumpla con las leyes que regulan sus actividades financieras y que sus funciones se realicen con apego a las políticas y disposiciones emitidas por sus autoridades.
  • Comprobar que los sistemas de salvaguarda de su patrimonio y protección contra riesgos funcionen y sean aplicados en forma apropiada.
  • Revisar los procedimientos de cumplimiento operacional en la elaboración del Padrón Electoral, con el objeto de garantizar un mayor nivel de calidad y confiabilidad de su contenido.
  • Verificar que los procesos operacionales efectuados por las dependencias del Tribunal Supremo Electoral, relacionados con organizaciones políticas y con actividades electorales, se realizan de conformidad con la legislación aplicable.
  • Asesorar a las autoridades del Tribunal Supremo Electoral, a través de recomendaciones derivadas de las auditorías e intervenciones efectuadas, así como de opiniones que sean requeridas por dichas autoridades y las que se consideren oportunas por esta Auditoría.

Funciones de la Dependencia:

  • Verificar las actividades, materiales, elementos y operaciones de los órganos electorales dentro del proceso electoral, de conformidad con el reglamento respectivo, a fin de garantizar la pureza de este.
  • Comprobar que la papelería y demás elementos, destinados a elecciones, satisfagan los requisitos de ley.
  • Realizar auditorías constantes para establecer todo lo relativo a materiales, documentos, equipos e instrumentos de seguridad de los órganos electorales.
  • Elaborar, de conformidad con la ley, las actas correspondientes cuando ocurra destrucción de materiales.
  • Informar trimestralmente al Tribunal Supremo Electoral de las actividades desarrolladas y rendir los informes que el tribunal le ordene.
  • Informar por la vía más rápida al Tribunal Supremo Electoral, con copia al Inspector General, de cualquier anomalía que observe en el desarrollo del proceso electoral.
  • Fiscalizar las operaciones financieras y contables del Tribunal Supremo Electoral y sus dependencias, así como realizar auditorías ordinarias y extraordinarias de lo concerniente al financiamiento de las organizaciones políticas;
  • Rendir los informes pertinentes para los efectos de ley, a la Contraloría General de Cuentas y al Ministerio Público.
  • Ser responsable de la ejecución y cumplimiento de las funciones que le sean asignadas por el Tribunal Supremo Electoral.

Adicionalmente debe cumplirse con las funciones establecidas por la Contraloría General de Cuentas, en la aplicación de los sistemas de SINACIG, SAG-UDAI-WEB, las Normas de Auditoría Interna Gubernamental -NAIGUB-, Ordenanza de Auditoría Interna Gubernamental y Manual de Auditoría Interna Gubernamental -MAIGUB-.


Auditoría Administrativa Financiera

Auditoria para desarrollar de mejor manera sus funciones se divide en dos departamentos siendo estos Auditoria Administrativa Financiera y Auditoria Electoral, esto para diferenciar los dos ámbitos de trabajo que desarrollan en relación con las actividades internas del Tribunal Supremo Electoral y lo relativo a Órganos Temporales y los Procesos Electorales.

El Departamento de Auditoria Administrativa Financiera tiene dentro de sus funciones:

  • Planificar, supervisar y dirigir el cumplimiento del Plan Anual de Auditoría, relacionado con las operaciones presupuestarias, contables, financieras y administrativas de la institución.
  • Diseñar y velar por que se cumplan los procedimientos de control interno, leyes y reglamentos de aplicación específica, disposiciones internas y leyes y reglamentos de aplicación general a las entidades del sector público.

 

Auditoría Electoral

El Departamento de Auditoria Electoral tiene dentro de sus funciones:

  • Planificar, supervisar y dirigir el cumplimiento del Plan Anual de Auditoría, relacionado con las actividades permanentes de naturaleza electoral.
  • Verificar las actividades, materiales, elementos y operaciones de los órganos electorales dentro del proceso electoral, de conformidad con el reglamento respectivo, a fin de garantizar la pureza del mismo.

 
ORGANIGRAMA DE AUDITORÍA

  • Corte de Constitucionalidad
  • Congreso de la República
  • Ministerio Púbico
  • Procuraduría de los Derechos Humanos

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