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DIRECCIÓN GENERAL DEL REGISTRO DE CIUDADANOS

La Dirección General del Registro de Ciudadanos es un órgano técnico del Tribunal Supremo Electoral, el cual se constituye administrativamente como el Órgano Electoral Permanente, cuya facultad es ejercer con exclusiva independencia funcional, la jurisdicción electoral, lo cual implica conocer y resolver asuntos relacionados con las agrupaciones políticas.

Es la dependencia encargada de los procesos de inscripción de ciudadanos, elaboración de padrones, depuración del Padrón Electoral, estas dos últimas funciones, a través del Departamento de Inscripción de Ciudadanos y Elaboración de Padrones. Adicionalmente, emite resolución de los diversos casos que surgen de las actividades anteriormente descritas, inscripción de diversas organizaciones políticas y todo lo relacionado con su funcionamiento, vigencia y lo establecido por la Ley Electoral y de Partidos Políticos, en sus Artículos 154 al 168. Ejerce su jurisdicción en toda la República.

Base Legal:

  • Constitución Política de la República de Guatemala
  • (Decretada por la Asamblea Nacional Constituyente y sus reformas) En lo relativo a derechos inherentes a la persona humana, derecho político, independencia del órgano electoral y autonomía municipal. Artículos 44, 136, 223, 253 y 254.
  • Ley Electoral y de Partidos Políticos Decreto número 1-85 de la asamblea nacional constituyente y sus reformas) Artículos 1, 11, 121, 125, 154, 155, 164 y 165.
  • Reglamento de la Ley Electoral y de Partidos Políticos Acuerdo número 18-2007.
  • Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo, de fecha 30 de agosto de 2,017.
  • Reglamento de relaciones laborales del Tribunal Supremo Electoral y sus trabajadores.
  • Ley del Organismo Judicial (decreto 2-89.)
  • Ley del Registro Nacional de las Personas (decreto ley número 95-2005) Énfasis en lo relativo al registro civil.
  • Código Procesal Civil y Mercantil (decreto ley número 107) En lo relativo al estado civil y diligencias de jurisdicción voluntaria.
  • Código de Notariado. (decreto número 314)

Objetivos de la Dependencia:

  • Ser vital para el correcto funcionamiento administrativo entres las dependencias a su cargo.
  • Ejecutar los lineamientos establecidos en el Manual de Normas y Procedimientos.

Funciones de la Dependencia:

  • Todo lo relacionado con las inscripciones de ciudadanos.
  • Todo lo relacionado con el padrón electoral.
  • Cumplir las resoluciones y sentencias judiciales que se les comuniquen con relación a actos de naturaleza electoral.
  • Inscribir a las organizaciones políticas y fiscalizar su funcionamiento.
  • Inscribir a los ciudadanos a cargos de elección popular.
  • Conocer y resolver acerca de la inscripción, suspensión, cancelación y sanciones de las organizaciones políticas.
  • Notificar a los partidos político de las renuncias de sus afiliados de que tenga conocimiento de conformidad con los establecido en el artículo 17 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, manteniendo actualizado el registro de afiliados de los partidos políticos.

 

Departamento de Inscripción de Ciudadanos y Elaboración de Padrones

El Departamento de Inscripción de Ciudadanos y Elaboración de Padrones es una dependencia administrativa de la Dirección General del Registro de Ciudadanos, realiza la inscripción de ciudadanos en el Distrito Central  y supervisa la inscripción de ciudadanos en las Delegaciones Departamentales y Subdelegaciones Municipales del Registro de Ciudadanos, supervisa las funciones de la Dirección General de Informática, específicamente en lo que se refiere a la formación del registro de electores y la elaboración de los padrones electorales.

Base Legal:

Artículos 156, 164 y 165 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos.

Objetivos de la Dependencia:

  • Proporcionar un servicio eficiente de atención a los ciudadanos que solicitan su inscripción como tales a través de los distintos puestos de empadronamiento ubicados en lugares estratégicos del distrito central, (Ciudad capital de Guatemala).
  • Actualizar los datos solicitados por los ciudadanos con el propósito de tener actualizado el padrón electoral y fomentar la participación ciudadana, en el ejercicio de sus derechos políticos.
  • Depurar el padrón electoral de conformidad con lo establecido en la Ley Electoral y de Partidos Políticos, mediante la suspensión, cancelación y habilitación, en su caso, de los ciudadanos que se encuentren inscritos en el padrón electoral.
  • Supervisar las funciones de la Dirección General de Informática en lo que se refiere a la formación del registro de electores y la elaboración del padrón electoral.
  • Supervisar la Inscripción de ciudadanos en las Delegaciones y       Subdelegaciones del Registro de Ciudadanos de la República de Guatemala.

Funciones de la Dependencia:

  • El Departamento de Inscripción de Ciudadanos y Elaboración de Padrones de acuerdo con lo que establece el Artículo 165 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, supervisará las funciones de la Dirección General de Informática, en lo que se refieren a la formación del registro de electores y a la elaboración de los padrones, además, posee las funciones siguientes:
  • Realizar la inscripción de ciudadanos en el Distrito Central y el Departamento de Guatemala, para lo cual debe proporcionar las facilidades necesarias para la comparecencia de los ciudadanos que deben inscribirse.
  • Supervisar la inscripción de ciudadanos que deben llevarse a cabo en las delegaciones departamentales y subdelegaciones municipales del Registro de Ciudadanos.
  • Velar por la exactitud y oportuna elaboración de los documentos relacionados con elecciones, conforme al reglamento y acuerdos que dicte el Tribunal Supremo Electoral.

Atender las diferentes actividades de depuración del Padrón Electoral en los casos de suspensión o habilitación de derechos, cambio de datos, cancelación de la inscripción por fallecimiento, datos incongruentes o anulación del número de empadronamiento.

 

Departamento de Organizaciones Políticas

El Departamento de Organizaciones Políticas es una dependencia de la Dirección General del Registro de Ciudadanos, en sus archivos cuenta con información relacionada con todas y cada una de las organizaciones políticas reguladas en la Ley de la materia, tales como: Comités para la Constitución de Partidos Políticos, Comités Cívicos Electorales, Partidos Políticos y Asociaciones con fines Políticos, Control de la vigencia de las organizaciones políticas, en proceso electoral desarrolla actividades pre lectorales y electorales.

Base Legal:

Artículos 166 y 167 del (Decreto 1-85 de la Asamblea Nacional Constituyente) Ley Electoral y de Partidos Políticos y sus reformas contenidas en los Decretos 74-87 (27-11-1987), 10-04 (26-05-2004) y 35-06 del Congreso de la República. Reglamento Artículo 59 Bis 273-2016 (10-10-2016).

Objetivos de la Dependencia:

  • El proceso de verificación, análisis, depuración y grabación de las respectivas hojas de adhesión de los comités para la formación de Partidos Políticos y afiliación a los Partidos Políticos cuando ya están constituidos. Realiza además un procedimiento de validación de dichas hojas.
  • Asimismo, se encarga de mantener una base de datos de las renuncias presentadas a ambas organizaciones políticas a efecto de determinar en el caso de los partidos políticos si cumplen con el mínimo de afiliados exigidos por la Ley Electoral y de Partidos Políticos para constituirse como tales.
  • Lleva a cabo la autorización de los libros en los que debe constar por escrito el desarrollo de las asambleas y sesiones que realiza cada Comité Ejecutivo Nacional, Departamental y Municipal de todas las organizaciones políticas. En el caso de que los libros se hayan completado, se hayan perdido o deteriorado, se encarga de la reposición previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley Electoral y de Partidos Políticos por parte del partido político interesado.
  • Promueve el cumplimiento de la Ley Electoral y de Partidos Políticos con relación a la celebración de las asambleas nacionales, asambleas departamentales y municipales, así como la designación de algún miembro de su personal, para que actúe como OBSERVADOR en las asambleas, verificando que se realicen de conformidad con la ley. Para ello es menester que se emitan nombramientos a favor de los observadores, sea personal del departamento, delegados o subdelegados.  Se encarga además de efectuar los cambios de hora, lugar y fecha para la celebración de asambleas, previa solicitud del partido político interesado.
  • Se encarga de la inscripción de las asambleas de cualquiera de las organizaciones políticas verificando que los miembros de los órganos permanentes de cada una de éstas, sea afiliado a la organización de que se trata.
  • Lleva el control del procedimiento de OPASAM, a través del cual los delegados y subdelegados del Registro de Ciudadanos, dan a conocer las resoluciones favorables y desfavorables emitidas, así como la codificación de informes de los órganos permanentes a nivel nacional. A su vez lleva un control de la actualización de los miembros de órganos permanentes de los partidos políticos.
  • Desarrolla actividades de control de las organizaciones políticas y suministra toda la información necesaria para que dichas organizaciones puedan funcionar acorde a la Ley.
  • Extensión de constancias a la ciudadanía en general, así como a los abogados y notarios que se postulan a cargos en la Corte Suprema de Justicia, Organismo Judicial y Ministerio Publico.
  • Emisión de constancias a Delegaciones o Subdelegaciones requeridas por ciudadanos y abogados y notarios donde conste no ser representante legal, mandatario o fundador de organización política
  • Archivo de hojas de adhesión de comités para la formación de partidos políticos y afiliación de partidos.
  • Sanción administrativa a partidos políticos.
  • Respuesta a requerimientos de Unidad de Información Pública, Fiscalías del Ministerio Público, distintos órganos jurisdiccionales, Congreso de la República, Contraloría General de Cuentas.

Durante el Proceso Electoral:

  •  Realiza la logística del proceso electoral preparando guías e instructivos para la inscripción de candidatos dirigidos a Comités Cívicos Electorales, Partidos Políticos, Delegados y Subdelegados.
  • Conjuntamente con la Dirección General de Informática, el Departamento de Organizaciones Políticas tienen a su cargo la creación o actualización del programa informático de Inscripción de Candidatos ICO.
  • Coordina e imparte la capacitación del personal que conformará la Unidad encargada de los expedientes de inscripción de candidatos a ocupar cargos de elección popular.
  • Calificación de expedientes para la inscripción de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencia, Diputados por Lista Nacional, Distrito Electoral, Diputados al Parlamento Centroamericano –PARLACEN- y Corporaciones Municipales de: cabeceras departamentales, de la Ciudad de Guatemala, de coaliciones de partidos políticos o de comités cívicos electorales de conformidad con la Resolución que para el efecto emite el Director General del Registro de Ciudadanos.
  • Emisión de Credenciales a los candidatos de elección popular que fueron inscritos.
  • Publicación de las resoluciones de inscripción sean del Director del Registro de Ciudadanos, de los Delegados Departamentales o Subdelegados Municipales, así mismo el resguardo de expedientes del proceso electoral a nivel nacional.

 

Unidad Coordinadora de Delegaciones y Subdelegaciones

La Unidad Coordinadora de Delegaciones y Subdelegaciones, es una oficina técnico-administrativa del Registro de Ciudadanos, creada mediante acuerdo No. 192-87 de fecha 30 de diciembre de 1987, con el objetivo de coordinar el flujo de información, trámites y procesos entre las Delegaciones Departamentales, Subdelegaciones Municipales y la Dirección del Registro de Ciudadanos.

Es importante resaltar que una de las funciones que la Unidad Coordinadora asumió por instrucciones de las autoridades superiores, es lo relativo a la búsqueda y ubicación de bienes inmuebles para la instalación de las Delegaciones Departamentales y Subdelegaciones Municipales, así como la integración y revisión de la documentación legal-administrativa, realización de informes y providencias para la elaboración de contratos de arrendamiento.

De forma semestral, la Unidad Coordinadora programa la entrega de útiles de oficina, y enseres de limpieza a todas los Delegaciones Departamentales y Subdelegaciones Municipales, las cuales se llevan a cabo de manera presencial o por medio de la empresa de mensajería y paquetería contratada para tal efecto. Cuando las visitas son presenciales, se aprovecha para hacer la verificación del estado de los inmuebles y necesidades que pudieran surgir.

 

La Unidad Coordinadora programa y organiza las "Reuniones Mensuales de Trabajo" en las Delegaciones Departamentales con la participación de todo el personal del departamento y de esta Unidad, en las cuales se pone de manifiesto las necesidades, sugerencias y comentarios que aportan los Subdelegados Municipales, así como también retroalimentar al personal de lo que acontece en la sede central y de las instrucciones que vayan surgiendo por parte de las autoridades o de las demás dependencias.

Base Legal:

La base legal de la Unidad Coordinadora de Delegaciones y Subdelegaciones, es el artículo 156 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (Decreto 1-85 de la Asamblea Nacional Constituyente), y sus reformas (Decreto 26-2016 Reformas a la Ley Electoral y de Partidos Políticos), así como el Manual de Funciones y Procedimientos de la Unidad Coordinadora de Delegaciones y Subdelegaciones.

Objetivos de la Dependencia:

  • Apoyar a las Delegaciones Departamentales y Subdelegaciones Municipales con la finalidad de prestar un mejor servicio y atención a ciudadanos a nivel nacional.
  • Ser el enlace entre las dependencias ubicadas en la Ciudad Capital y en el interior de la República.
  • Apoyar la gestión y agilización de trámites administrativos.
  • Mantener informados a los Delegados Departamentales y Subdelegados Municipales de las instrucciones de las autoridades superiores.
  • Velar por el cumplimiento en la entrega y recepción de la paquetería, mediante la empresa que se contrate para la prestación del servicio.
  • Participar en las reuniones de trabajo que se llevan a cabo en las Delegaciones Departamentales.
  • Velar por la buena presentación del personal y de los inmuebles que ocupan las Delegaciones Departamentales y Subdelegaciones Municipales.
  • Ubicar a las Delegaciones Departamentales y Subdelegaciones Municipales en los inmuebles adecuados para su buen funcionamiento y atención ciudadana.
  • Dotar de los insumos de oficina y enseres de limpieza a las Delegaciones Departamentales y Subdelegaciones Municipales, por medio del personal que integra la Unidad Coordinadora o por medio del servicio de mensajería y paquetería.
  • Revisar y consolidar la información y documentación legal-administrativa en los expedientes, para que la Coordinación de Asuntos Jurídicos pueda emitir los respectivos contratos de arrendamiento.

Funciones de la Dependencia:

  • Encargado de velar por la ubicación física de Delegaciones Departamentales y Subdelegaciones Municipales.
  • Dotar a Delegaciones Departamentales y Subdelegaciones Municipales de útiles de oficina, sellos, enseres de limpieza y artículos de bio-seguridad, para su buen funcionamiento.
  • Funcionar como enlace entre Delegaciones Departamentales y las diferentes dependencias del Tribunal Supremo Electoral.
  • Velar por presentación personal de las Delegaciones Departamentales y Subdelegaciones Municipales.
  • Coordinar el servicio de mensajería y paquetería a nivel nacional.

 

Delegaciones Departamentales y Subdelegaciones Municipales

Las Delegaciones Departamentales del Registro de Ciudadanos, son las oficinas que representan al Tribunal Supremo Electoral en cada departamento del país y están encargadas de realizar todos los trámites administrativos que corresponden a su jurisdicción departamental, tienen a su cargo todas las subdelegaciones municipales del departamento. Además, conocen lo relativo a la inscripción de candidatos a cargos de elección popular y los comités cívicos electorales dentro de su jurisdicción. También son los encargados de atender lo relativo a los Órganos Permanentes y llevar a cabo campañas de educación cívica y de empadronamiento en su jurisdicción, además de ejecutar lo relacionado con la capacitación y divulgación electoral.

En cada departamento funcionan las Subdelegaciones Municipales, estas son las oficinas que representan al Tribunal Supremo Electoral en los municipios y tienen a su cargo la realización de los trámites de empadronamiento, actualización o cambio de datos en su jurisdicción, adicionalmente observan las Asambleas de las organizaciones políticas, así como la inscripción de comités cívicos electorales. Así mismo participan de las campañas de educación cívica y la coordinación del Voluntariado Cívico Electoral en su jurisdicción, además de ejecutar lo relacionado con la capacitación y divulgación electoral a nivel municipal.

Base Legal:

La base legal de las Delegaciones Departamentales y Subdelegaciones Municipales son los Artículos 154, 168, 169 y 170 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (Decreto 1-85 de la Asamblea Nacional Constituyente), y sus reformas (Decreto 26-2016 Reformas a la Ley Electoral y de Partidos Políticos) y Manual de Funciones y Procedimientos de Delegaciones Departamentales y Subdelegaciones Municipales.

Objetivos de la Dependencia:

  • Conocer lo relativo a la inscripción de candidatos y comités cívicos electorales dentro de su jurisdicción.
  • Colaborar con las dependencias del Registro de Ciudadanos en el desarrollo de sus funciones.
  • Fomentar en la ciudadanía la educación cívica, mediante constantes campañas en su jurisdicción y ejecutar lo relacionado con la capacitación, divulgación y voluntariado electoral.
  • Llevar a cabo todas las actividades relacionadas con el empadronamiento y actualización de datos de los ciudadanos en su municipio.
  • Las demás que le asigne el Tribunal Supremo Electoral.

Funciones de la Dependencia:

  • Conocer lo relativo a la inscripción de candidatos y comités cívico-electorales dentro de su jurisdicción.
  • Supervisar y coordinar los procesos electorales en su jurisdicción municipal.
  • Colaborar con las dependencias del Registro de Ciudadanos en el desarrollo de las funciones del mismo.
  • Inscribir y acreditar a los fiscales de los partidos políticos y comités cívicos electorales que fungirán ante las juntas electorales departamentales y municipales.
  • Registrar las actas y los órganos permanentes de los partidos políticos a nivel departamental y municipal.
  • Lleva a cabo, permanentemente, campañas de educación cívica en su jurisdicción y ejecutar lo relacionado con la capacitación y divulgación electoral.
  • Llevar a cabo todas las actividades relacionadas con el empadronamiento de los ciudadanos en su municipio.
  • Llevar el manejo y control de caja chica.

Las demás que le asigne el Tribunal Supremo Electoral.

 ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL REGISTRO DE CIUDADANOS Y SUS DEPENDENCIAS

  • Corte de Constitucionalidad
  • Congreso de la República
  • Ministerio Púbico
  • Procuraduría de los Derechos Humanos

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